
Santo Domingo, República Dominicana. La vicepresidenta Raquel Peña, en funciones de encargada del Poder Ejecutivo, firmó tres decretos que disponen la extradición a Estados Unidos de Darío Bautista, Ramón Joaquín Romero Bastardo y Luis Arismendy Paca Méndez. Las solicitudes responden a acusaciones distintas: presunto tráfico de cocaína, delitos contra la vida y las personas, y fraude electrónico.
Las disposiciones, identificadas con los números 716-26, 717-26 y 718-26, figuran en el registro de decretos de la Presidencia de la República y fueron divulgadas este jueves 15 de octubre de 2026. Aunque los tres casos involucran tribunales de Estados Unidos, cada uno responde a un expediente judicial independiente.
Decreto 716-26: una acusación relacionada con cocaína en Puerto Rico
El decreto 716-26 autoriza la extradición de Darío Bautista, reclamado por el Tribunal de Distrito de Estados Unidos para el Distrito de Puerto Rico. La solicitud se fundamenta en una acusación formal del 28 de agosto de 2025 por presunta asociación delictuosa para importar cinco kilogramos o más de una mezcla o sustancia que contiene cocaína.

Decreto 717-26: cargos por homicidio, agresiones y un arma en Nueva York
El decreto 717-26 corresponde a Ramón Joaquín Romero Bastardo, requerido por la justicia del estado de Nueva York, en el condado del Bronx. La acusación, presentada el 29 de octubre de 2024 bajo el expediente IND-74900-24, incluye cargos de asesinato en segundo grado, homicidio involuntario en primer grado, agresión en grupo en primer grado, agresión en segundo grado y posesión ilícita de un arma en cuarto grado.
Decreto 718-26: presunto fraude electrónico
La tercera disposición autoriza la extradición de Luis Arismendy Paca Méndez, requerido por el Tribunal de Distrito de Estados Unidos para el Distrito Este de Nueva York. La solicitud se vincula con una acusación sustitutiva presentada el 12 de febrero de 2026 por presunta asociación delictuosa para cometer fraude electrónico.
¿Qué condiciones establece el tratado de extradición?
Las tres disposiciones supeditan la entrega al cumplimiento de la garantía prevista en el artículo 6 del Tratado de Extradición entre República Dominicana y Estados Unidos, aprobado mediante la Resolución 507-16 del 10 de junio de 2016. El Ministerio de Relaciones Exteriores registra que ese acuerdo bilateral entró en vigor el 15 de diciembre de 2016.
La decisión del Ejecutivo autoriza la extradición, pero no acredita por sí sola que las tres personas ya hayan sido entregadas a las autoridades estadounidenses. Hasta la información verificada para esta publicación, no se dispone de una confirmación independiente sobre la ejecución de las entregas ni sobre una fecha concreta para efectuarlas.
Los delitos descritos corresponden a acusaciones formuladas en los expedientes judiciales. La autorización de extradición no constituye una condena y debe respetarse la presunción de inocencia de los reclamados.
Como fuente documental principal, la Presidencia identifica en su registro oficial a los tres ciudadanos y los respectivos decretos. Los detalles de las acusaciones también fueron cotejados con la información publicada por Diario Libre el 15 de octubre.






