
La Superintendencia de Bancos puso en marcha un nuevo mecanismo para que entidades de intermediación financiera, intermediarios cambiarios y fiduciarias puedan solicitar la inactivación de requerimientos de información regulatoria que no correspondan a la naturaleza de sus operaciones.
La medida fue anunciada el 16 de septiembre y forma parte de la Estrategia de Simplificación, Modernización y Autogestión del Cumplimiento Regulatorio (SIMA).
La disposición está contenida en la Circular SB: CSB-REG-2026000016 y establece un proceso formal, basado en riesgos, para evaluar solicitudes de inactivación y eventual reactivación de obligaciones de reporte.

Qué cambia para las entidades supervisadas
Hasta ahora, las entidades debían remitir todos los reportes establecidos en la normativa aplicable, incluso cuando determinados requerimientos no generaban información para un período específico, lo que podía implicar el envío de archivos vacíos o documentos en blanco.
Con el nuevo esquema, las entidades podrán identificar obligaciones que no guarden relación con su modelo de negocio y solicitar una evaluación formal para que sean inactivadas.
La Superintendencia evaluará cada solicitud
La inactivación no será automática. La Superintendencia de Bancos analizará cada caso y decidirá si procede excluir temporalmente el requerimiento, manteniendo criterios de calidad, oportunidad y trazabilidad de la información.
Las obligaciones que permanezcan activas deberán seguir cumpliéndose en los plazos y condiciones establecidos, incluso cuando no existan operaciones que reportar.
Qué sigue dentro de la estrategia SIMA
La Superintendencia informó que también trabaja en un sistema de autogestión de casos para regularizar incumplimientos, una optimización del Manual de Requerimientos de Información y un catálogo de reglas de validación que facilite la revisión preventiva de la calidad de los datos regulatorios.
La institución vinculó estas medidas con la agenda de simplificación administrativa y el programa Burocracia Cero.









