
Santo Domingo. El Ministerio de Trabajo reiteró este miércoles 4 de noviembre que el viernes 6, fecha en que se conmemora el Día de la Constitución dominicana, será laborable. El descanso correspondiente se trasladará al lunes 9 de noviembre de 2026.
La disposición aplica al calendario de días feriados que deben observar las instituciones públicas y privadas, de acuerdo con lo comunicado por la autoridad laboral. Por tanto, el martes 10 de noviembre corresponde la reincorporación a las actividades ordinarias tras el feriado del lunes.
¿Qué día se trabaja y cuándo corresponde el descanso?
- Viernes 6 de noviembre: se conmemora el Día de la Constitución, pero es un día laborable.
- Lunes 9 de noviembre: se traslada el descanso por esta conmemoración.
- Martes 10 de noviembre: retorno a la jornada habitual de quienes descansaron el lunes.
Por qué se traslada el feriado
El Ministerio de Trabajo explicó que el cambio responde a la Ley 139-97, que regula la aplicación de los días feriados en República Dominicana. La fecha histórica de la Constitución no cambia: continúa siendo el 6 de noviembre. Lo que se mueve es el descanso laboral correspondiente en el calendario de este año.

Qué deben tomar en cuenta empleados y empresas
La distinción importa para la planificación de turnos, servicios, desplazamientos y actividades comerciales. Trabajadores y empleadores deben tener claro que el viernes no se convierte en día de descanso por esta conmemoración; el traslado anunciado por la institución se aplica al lunes siguiente.
La comunicación oficial también indica que la disposición debe observarse tanto en el sector público como en el privado. Las particularidades de servicios que funcionan durante los feriados deben revisarse conforme a las reglas laborales correspondientes y las instrucciones de cada empleador.
Fuente: Ministerio de Trabajo, comunicación difundida por la Presidencia el 4 de noviembre de 2026.






