
Artículo 28
Por Yoarem Monegro
De las calles de RD a la primera línea del Donbás: la red de engaños que envía dominicanos a morir en el frente ruso.

Según Peter W. Singer, politólogo y estratega estadounidense, existe una distinción entre el mercenario tradicional y las Empresas Militares y de Seguridad Privada. Explica que el mercenario histórico es un actor temporal, desorganizado y motivado por un botín a corto plazo. Sin embargo, las estructuras modernas, como los contratistas o grupos como Wagner, operan como una especie de corporaciones legales en el mercado de los negocios bélicos a largo plazo.
En el derecho internacional, el artículo 47 del Protocolo I de los Convenios de Ginebra define jurídicamente al mercenario bajo criterios estrictos y acumulativos. Establece que debe ser reclutado especialmente para combatir, tomar parte directa en las hostilidades, estar motivado por el lucro personal y no ser nacional de ninguna de las partes en conflicto.
No obstante, si un país extranjero les otorga un pasaporte o los integra formalmente a su ejército regular, como ha sido el caso de Rusia con algunos extranjeros, técnicamente escapan de la clasificación internacional de mercenarios para eludir sanciones.
Los Convenios de Ginebra constituyen la norma jurídica internacional más importante e influyente para definir a un mercenario, porque su principal consecuencia legal es drástica: un mercenario no tiene derecho al estatus de combatiente legítimo ni a ser considerado prisionero de guerra en caso de captura.
Bailando pegaditos en el limbo
Existe un vacío en la integración militar, porque si el Ministerio de Defensa de un país extranjero, como ha sido el caso de Rusia en diversas ocasiones, obliga a los reclutas a firmar contratos que los asimilan formalmente como miembros de sus fuerzas armadas regulares, automáticamente dejan de cumplir el criterio. Al pasar a ser legalmente soldados de ese país, esquivan la etiqueta internacional de mercenarios ante los Convenios de Ginebra.
Sin obviar la trampa sustanciosa de un gran sueldo a cambio de un supuesto trabajo fácil, algo cuyo resultado, como dominicanos, conocemos. Sin embargo, cuando se quiere dinero, muchas veces no se piensa en las consecuencias.
Este ha sido el caso de muchos dominicanos que han viajado de manera ilegal, valiéndose de cuantiosas sumas para pagar viajes en yolas, por avión o por tierra, para cruzar diversas fronteras de América hasta llegar a Estados Unidos.
Tanto en los barrios de República Dominicana como, quizás, entre las familias de la diáspora, una cosa sí es segura: habrá altares o ataúdes con sus fotos, teléfonos con mensajes que un día no serán respondidos y llamadas no contestadas.
Estas familias quedarán como la Rebeca de San Blas, locas esperando y sumidas en el pasado de los recuerdos de lo que pudo ser y no fue.
Serán aquellos mercenarios fantasmas que se tragó la estepa europea.
Legalidad dominicana
El artículo 28 del Código Penal dominicano establece textualmente:
«La condenación a las penas de trabajos públicos, detención o reclusión, lleva consigo la degradación cívica. Se incurre en esta pena, desde el día en que la sentencia es irrevocable».
Si la justicia dominicana llega a procesar penalmente a aquellos individuos que, de manera consciente, actúen como combatientes mercenarios de una potencia extranjera, siempre y cuando se demuestre su implicación con el crimen organizado transnacional al regresar, la aplicación de penas graves de reclusión activaría de forma automática este artículo.
Para pensar…
De lograrse un retorno:
¿Qué estilo de vida puede llevar una persona que decidió y asumió, a nivel internacional, ser mercenario?
¿Es una garantía para el país el retorno de los mercenarios en un momento en que el crimen organizado está a la orden del día?
¿Aceptarían las familias que estos mercenarios sean tratados y juzgados por crimen transnacional, como tipifica la ley para estos casos?
@yoaremmonegro
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La autora es licenciada en Relaciones Internacionales, posee exequátur, maestría en Defensa y Seguridad Nacional, maestría en Diplomacia y posgrado en Geopolítica. Es especialista en Narcotráfico y Terrorismo Internacional, docente y asesora de tesis para contenido.









