
Santo Domingo.– La Comisión Clasificadora de Riesgos y Límites de Inversión (CCRyLI) aclaró cómo funciona el proceso mediante el cual se invierten los fondos de pensiones en República Dominicana y precisó que la decisión no depende de una sola institución ni de una sola Administradora de Fondos de Pensiones (AFP).
El organismo explicó que su función es evaluar los instrumentos financieros y determinar cuáles pueden ser considerados alternativas elegibles para los fondos de pensiones. Una vez aprobados dentro de ese universo, corresponde a cada AFP decidir si invierte o no en ellos, de acuerdo con su estrategia y dentro de los límites establecidos por la normativa.
La Comisión enfatizó que la aprobación de un instrumento financiero no obliga a una AFP a colocar recursos en él.

¿Quién decide dónde se invierten los fondos de pensiones?
El proceso opera en dos niveles. Primero, la CCRyLI analiza y clasifica los instrumentos que pueden ser considerados para inversión y establece límites y criterios de diversificación.
Después, cada AFP evalúa las alternativas disponibles y toma sus decisiones de inversión dentro del marco legal y regulatorio vigente.
La Ley 87-01 establece que la Comisión Clasificadora determina el grado de riesgo de los tipos de instrumentos financieros, la diversificación entre categorías y los límites máximos de inversión.
La Comisión está integrada por representantes de la Superintendencia de Pensiones, que la preside, el Banco Central, la Superintendencia de Bancos, la Superintendencia del Mercado de Valores, la Superintendencia de Seguros y un representante técnico de los afiliados.
Los fondos pertenecen a los afiliados, no a las AFP
Otro de los puntos centrales de la aclaración es la propiedad de los recursos.
La Ley 87-01 establece que los fondos de pensiones pertenecen exclusivamente a los afiliados y constituyen un patrimonio independiente del patrimonio de las AFP.
Esto significa que las administradoras gestionan los recursos, pero no son sus propietarias ni pueden disponer libremente de ellos fuera de las modalidades autorizadas por la ley.
¿Qué ocurre cuando un fondo compra bonos, acciones u otros instrumentos?
Cuando un fondo de pensiones adquiere bonos del Estado, bonos corporativos, acciones de oferta pública, valores de fideicomisos o cuotas de fondos de inversión, los recursos se transforman en un activo financiero que pasa a formar parte de la cartera del fondo.
Dependiendo del tipo de instrumento, esa inversión puede generar intereses, dividendos, ganancias de capital u otros rendimientos.
La finalidad de este proceso es que los aportes acumulados durante la vida laboral puedan generar rentabilidad y aumentar el patrimonio destinado a la jubilación del afiliado.
¿Qué debe cumplir un instrumento para ser elegible?
La CCRyLI indicó que la elegibilidad de un instrumento no se produce automáticamente. El proceso contempla evaluaciones relacionadas con riesgo, calidad crediticia, transparencia y condiciones financieras del emisor.
Según la naturaleza del instrumento, también pueden analizarse la solvencia, liquidez, estados financieros auditados, garantías, capacidad de generación de flujos y cumplimiento regulatorio.
La clasificación de riesgo constituye uno de los elementos relevantes dentro de ese proceso y debe provenir de sociedades calificadoras autorizadas.
La supervisión continúa después de la aprobación
La vigilancia no termina cuando un instrumento es declarado elegible.
Los emisores y administradores deben mantener actualizada la información requerida por las autoridades, incluyendo estados financieros, clasificaciones de riesgo y hechos relevantes que puedan modificar las condiciones bajo las cuales fue aprobado un instrumento.
Además, la Superintendencia de Pensiones fiscaliza que las inversiones realizadas por las AFP con recursos de los fondos cumplan la Ley 87-01, sus reglamentos y las normas complementarias.
¿Por qué se diversifican las inversiones?
La Comisión sostiene que la diversificación permite distribuir riesgos y ampliar las posibilidades de rentabilidad.
A medida que se ha desarrollado el mercado de valores dominicano, los fondos han tenido acceso a más alternativas, además de los instrumentos tradicionales emitidos por el Estado y las entidades financieras.
Entre esas opciones figuran valores corporativos, acciones de oferta pública, fondos de inversión, fideicomisos de oferta pública y otros instrumentos autorizados.
Afiliados pueden consultar el destino y rendimiento de sus recursos
La CCRyLI recordó además que los afiliados tienen derecho a conocer y dar seguimiento a sus cuentas individuales y a la información relacionada con el desempeño de los fondos.
La SIPEN publica periódicamente datos sobre composición de cartera, rentabilidad, clasificación de riesgo y otras características de las inversiones de los fondos de pensiones.
La aclaración busca diferenciar tres conceptos que suelen confundirse en el debate público: declarar un instrumento elegible, decidir invertir en él y determinar quién conserva la propiedad económica de los recursos.









